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Gobierno Estudiantil

 

 

Los Gobiernos Estudiantiles juegan un papel muy importante en el desarrollo de los Centros Educativos, porque son los órganos que ejercen democráticamente la representación de los estudiantes. Asimismo, según artículo 92 del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas (No.38429-MEP), se establecen las siguientes funciones de estos órganos con las Juntas:


a) Proponer, en coordinación con el Director del Centro Educativo y del personal docente, proyectos para promover el bienestar de la población estudiantil y presentarlos a la Junta para su valoración.

b) Proponer a la Junta posibles soluciones a las necesidades que enfrenta la comunidad estudiantil que representa.

c) Acceder al Plan Anual de Trabajo (PAT) y al presupuesto del centro educativo, para conocer las prioridades y la disponibilidad de recursos.

d) Acceder a las actas de las sesiones de la Junta con el fin de conocer los acuerdos adoptados.

e) Solicitar a la Junta, por medio del Director del Centro Educativo, audiencia para conocer temas de interés relacionados con el uso de los fondos públicos asignados al centro educativo.

f) Participar en la actividad de rendición de cuentas que realiza la Junta una vez al año ante la comunidad educativa.

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