La persona que ejerce la tesorería, debe ser una persona incorporada al Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, según artículo 73 del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas
El Tesorero-Contador es la persona dedicada a registrar, aplicar, analizar e interpretar la información contable financiera según fuente de financiamiento, con la finalidad de diseñar e implementar instrumentos y mecanismos de apoyo a la administración de las Juntas, de manera oportuna y confiable, que le permita a ésta la toma de decisiones y a su vez, la presentación parcial o total de los estados financieros de un período económico, bajo las normas o principios contables establecidos y según los lineamientos técnicos que para tales efectos establezca el Departamento de Gestión de Juntas de la Dirección Financiera.
El Tesorero-Contador deberá ser contratado bajo la modalidad de servicios profesionales y en su contrato se establecera como mínimo las siguientes condiciones:
Entre otros aspectos, podemos encontrar en el Reglamento de Juntas que:
Puede accesar a Material de Apoyo tanto para la Junta como para la Persona Tesorera-Contadora en el siguiente enlace:
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